Unidad VI Modelos de utilidad y los diseños
Definición de los diseños
industriales
El
diseño industrial protege el aspecto ornamental o estético de un artículo (Art.
25 Ley), se subdividen en:
- Dibujos Industriales
- Modelos Industriales
Los dibujos industriales son toda reunión de
líneas o de colores, se refieren a la apariencia bidimensional de un objeto.
Los modelos industriales son toda forma
plástica, asociada o no a líneas o colores, siempre que esa reunión o esa forma
de una apariencia especial a un producto industrial o de artesanía y pueda
servir de tipo para su fabricación, hace referencia a características
tridimensionales de un objeto. Los derechos exclusivos sobre los diseños
industriales se conceden al titular por un plazo de diez (10) años
improrrogables, contados desde la fecha de la concesión respectiva.
Para
que un Diseño Industrial pueda ser objeto de protección debe ser nuevo,
original e independiente, es decir, diferir en manera significativa de otros ya
conocidos
La
figura jurídica que protege estas invenciones estéticas es el diseño
industrial. En concreto, se encarga de conceder a su titular un derecho
exclusivo (utilizar y prohibir la utilización por terceros sin su
consentimiento) sobre la totalidad de la apariencia o una parte, siempre que
ataña a sus características físicas. Los diseños pueden ser bidimensionales o
tridimensionales y en ellos se protegen líneas, contornos, colores, formas,
texturas o materiales del producto o de su ornamentación.
Condiciones de protección
La
patente confiere al titular el derecho a explotar, en forma exclusiva, la
invención y conceder licencias a terceros para la explotación (Art. 16 Ley).
Asimismo, la patente conferirá a su titular los siguientes derechos exclusivos:
·
Si se trata de un producto,
el de impedir que terceros, sin su consentimiento, realicen actos de
fabricación, uso, oferta para la venta, venta o importación del producto objeto
de la patente.
·
Si es un
procedimiento, el de impedir que terceros, sin su consentimiento, utilicen el
procedimiento o el producto obtenido directamente mediante dicho procedimiento,
así como la oferta para la venta, venta o importación de dicho producto.
Novedad
La invención debe ser nueva, es decir, que no exista en
el estado de la técnica antes de la fecha de la solicitud. El estado de la
técnica comprende todo lo divulgado o hecho accesible al público en cualquier
lugar del mundo y por cualquier medio antes de la fecha de presentación en
Costa Rica o de la fecha de prioridad aplicable.
Es importante mencionar que el concepto de novedad es
absoluto; es decir, que la invención deberá ser nueva a nivel mundial y no sólo
en el país donde se solicita la patente.
Vigencia
La
legislación varía en los distintos países, aunque suele ser habitual que se
exijan requisitos de novedad y originalidad, o alguno de ellos. En resumen, que
no se haya divulgado de manera previa y que se distancie lo suficiente de otros
diseños conocidos o combinaciones de ellos. Se puede proteger un diseño
industrial un máximo de 25 años, en periodos sucesivos de cinco años.
Se
puede registrar como diseño industrial la forma de un coche, una bici o un
mueble, por ejemplo

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