Unidad VI Modelos de utilidad y los diseños

Definición de los diseños industriales

El diseño industrial protege el aspecto ornamental o estético de un artículo (Art. 25 Ley), se subdividen en:

  •         Dibujos Industriales
  •         Modelos Industriales


 Los dibujos industriales son toda reunión de líneas o de colores, se refieren a la apariencia bidimensional de un objeto.
 Los modelos industriales son toda forma plástica, asociada o no a líneas o colores, siempre que esa reunión o esa forma de una apariencia especial a un producto industrial o de artesanía y pueda servir de tipo para su fabricación, hace referencia a características tridimensionales de un objeto. Los derechos exclusivos sobre los diseños industriales se conceden al titular por un plazo de diez (10) años improrrogables, contados desde la fecha de la concesión respectiva.
Para que un Diseño Industrial pueda ser objeto de protección debe ser nuevo, original e independiente, es decir, diferir en manera significativa de otros ya conocidos
La figura jurídica que protege estas invenciones estéticas es el diseño industrial. En concreto, se encarga de conceder a su titular un derecho exclusivo (utilizar y prohibir la utilización por terceros sin su consentimiento) sobre la totalidad de la apariencia o una parte, siempre que ataña a sus características físicas. Los diseños pueden ser bidimensionales o tridimensionales y en ellos se protegen líneas, contornos, colores, formas, texturas o materiales del producto o de su ornamentación.

Condiciones de protección

La patente confiere al titular el derecho a explotar, en forma exclusiva, la invención y conceder licencias a terceros para la explotación (Art. 16 Ley). Asimismo, la patente conferirá a su titular los siguientes derechos exclusivos:
·         Si se trata de un producto, el de impedir que terceros, sin su consentimiento, realicen actos de fabricación, uso, oferta para la venta, venta o importación del producto objeto de la patente.
·         Si es un procedimiento, el de impedir que terceros, sin su consentimiento, utilicen el procedimiento o el producto obtenido directamente mediante dicho procedimiento, así como la oferta para la venta, venta o importación de dicho producto.


Novedad

La invención debe ser nueva, es decir, que no exista en el estado de la técnica antes de la fecha de la solicitud. El estado de la técnica comprende todo lo divulgado o hecho accesible al público en cualquier lugar del mundo y por cualquier medio antes de la fecha de presentación en Costa Rica o de la fecha de prioridad aplicable.
Es importante mencionar que el concepto de novedad es absoluto; es decir, que la invención deberá ser nueva a nivel mundial y no sólo en el país donde se solicita la patente.

Vigencia

La legislación varía en los distintos países, aunque suele ser habitual que se exijan requisitos de novedad y originalidad, o alguno de ellos. En resumen, que no se haya divulgado de manera previa y que se distancie lo suficiente de otros diseños conocidos o combinaciones de ellos. Se puede proteger un diseño industrial un máximo de 25 años, en periodos sucesivos de cinco años.

Se puede registrar como diseño industrial la forma de un coche, una bici o un mueble, por ejemplo


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